¿Qué hacer si no puedo emitir facturas con el QR?
En caso que no exista conexión con SDH (que es el que retorna el QR a imprimir en la factura) o que el Software de Facturación no esté en correcto funcionamiento, la posibilidad de facturar en papel sería válida como algo excepcional (se supone que en un caso de B2C).
Realizando y entregando un justificante provisional de la operación que, cuando el SIF vuelva a estar disponible, deberá ser sustituido obligatoriamente por la expedición de la correspondiente factura oficial, con todos los requisitos exigidos por el reglamento de obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, y por el Real Decreto 1007/2023 (con su QR tributario y generación y conservación o remisión a la AEAT del registro de facturación correspondiente).